La ley limón militar de California es un término que se usa comúnmente para una excepción para que los miembros del servicio militar de los Estados Unidos presenten un reclamo si su vehículo es un limón bajo la Ley de Garantía del Consumidor Song Beverly (la Ley) en California. Según la Ley, los consumidores solo pueden presentar reclamos bajo la ley limón para vehículos (y otros productos según la Ley) que se compran y se les dan servicio en California. Sin embargo, los miembros del servicio militar pueden presentar un reclamo en virtud de la Ley con respecto a su vehículo, incluso si compraron su vehículo fuera de California “si el miembro del servicio militar estaba estacionado o era un residente de California en el momento en que compró el vehículo, o en el momento en que presentó una acción en virtud de la Ley. ” Código Civil de CA 1795.8.
Esto es lo que dice la ley: “No obstante cualquier otra disposición de la ley, este capítulo se aplicará a una compra en los Estados Unidos de un vehículo motorizado, como se define en el párrafo (2) de la subdivisión (e) de la Sección 1793.22, con una garantía expresa del fabricante por parte de un miembro de las Fuerzas Armadas, independientemente del estado en el que se compre o se registre su vehículo de motor, si se aplican las dos condiciones siguientes:
(a) El miembro de las Fuerzas Armadas compra un vehículo motorizado, como se define en el párrafo (2) de la subdivisión (e) de la Sección 1793.22, con una garantía expresa del fabricante de un fabricante que vende vehículos motorizados en este estado o de un agente o representante de ese fabricante.
(b) El miembro de las Fuerzas Armadas estaba destinado o era residente de este estado en el momento en que compró el vehículo de motor o en el momento en que presentó una acción de conformidad con este capítulo “.
La Ley Limón Militar de California está codificada en la Ley de Garantía del Consumidor de Song Beverly en el Código Civil de CA 1795.8, y se deriva del Proyecto de Ley 234 del Senado de California (SB 234). El “Digest” de SB 234 dice en parte lo siguiente:
“Este proyecto de ley establece que la Ley Limón de California cubra un vehículo de motor comprado por un miembro de las Fuerzas Armadas de los Estados Unidos con una garantía expresa del fabricante independientemente del estado de compra o registro, si se aplican las dos condiciones siguientes:
1) El miembro compró el vehículo motorizado, según se define, a un fabricante que vende vehículos en California, y 2) el miembro estaba estacionado o era residente de California en el momento en que compró el vehículo o en el momento en que presentó una acción de inconformidad sobre la Ley Limón de California.
La SB 234 define a ‘Miembro de las Fuerzas Armadas’ con respecto a la Ley de Limón de California como a una persona en servicio activo de tiempo completo en el Ejército, la Armada, la Infantería de Marina, la Fuerza Aérea, la Guardia Nacional o la Guardia Costera, y establece que el servicio activo también incluye el servicio militar activo en una escuela de servicio militar designada “.
SB 234 cita un caso de un teniente que “testificó en vivo desde Irak mientras se encontraba desplegado desde una base en el sur de California. El fabricante de automóviles reconoció que su nueva camioneta era un limón y le dijo que si estuviera protegido por la ley limón de California, el fabricante recompraría rápidamente el limón, pero como no tenía la protección, se negaron a volver a comprarlo. Finalmente, el caso se resolvió, pero el teniente tuvo que aceptar una gran deducción y sufrió una gran pérdida, en lugar de obtener un reembolso completo. (El testimonio se entregó en vivo por teléfono ante el Comité Conjunto de Juntas, Comisiones y Protección al Consumidor, que tomó lugar el 23 de mayo de 2006). Además, el fabricante ha intentado que el vehículo se vuelva a titular como una COMPRA VOLUNTARIA, en lugar de un vehículo limón de recompra. Esto podría significar que algún consumidor desprevenido pudiera cargar con un limón “.
La ley de limón de California y los estatutos relacionados, incluida la “ley limón militar,” son complicados. Aunque un consumidor no está obligado a contratar a un abogado para presentar un reclamo bajo la ley limón en California, existe un incentivo para que un consumidor de California, incluyendo miembros del servicio military, use un abogado para un posible reclamo de la ley limón porque la ley prevé que el fabricante del vehículo pague los honorarios y costos de el abogado si el consumidor gana su reclamo.
El abogado Luis Aguirre es un Veterano military de los Estados Unidos que conoce a primera mano los problemas por los que pasan los miembros militares. Contacte al abogado Aguirre para una consulta gratis.
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