Una sanción civil, como su nombre lo indica (“civil penalty” la traducción en inglés), es una sanción contra el fabricante del automóvil en una cantidad de daños más allá de los “daños reales” del consumidor. El propósito de la sanción es “castigar” al fabricante de automóviles por su conducta. La multa o sanción bajo la Ley de Garantía del Consumidor de Song Beverly puede ser “hasta dos veces la cantidad de daños reales”. Sección 1794 del Código Civil de California.
En caso de restitución (recompra del vehículo), los daños reales equivalen al “precio real [del vehículo] pagado o por pagar por el comprador, incluidos los cargos de transporte y las opciones instaladas por el fabricante. . e incluye cualquier cargo colateral como el impuesto a las ventas o al uso, las tarifas de licencia, las tarifas de registro y otras tarifas oficiales, más cualquier daño incidental. . . incluidos, entre otros, los costos razonables de reparación, remolque y alquiler de automóviles en los que realmente haya incurrido el comprador. ” Debido a esto, la sanción puede ser sustancial. Código Civil de California, Sección 1793.2 (d) (2) (B).
La multa o sanción se puede evaluar ya sea 1) cuando el comprador establece que el incumplimiento fue “deliberado” o 2) cuando el comprador establece una violación de la Ley de Garantía del Consumidor de Song Beverly según la Sección 1793.2 o presunción, y el fabricante del automóvil no mantiene un programa calificado de resolución de terceros que cumple sustancialmente con la Sección 1793.22.
La conducta “deliberada” por parte del fabricante del automóvil se lleva a cabo cuando el fabricante “no […] investiga el historial de reparaciones del automóvil a pesar de la disponibilidad [del fabricante del automóvil] de esa información. . . sin hacer ningún esfuerzo por reunir la información disponible sobre el historial de reparaciones, [el fabricante del automóvil] bien podría haber actuado deliberadamente. Una decisión tomada sin el uso de información razonablemente disponible relacionada con esa decisión no es una decisión razonable y de buena fe “. Kwan v. Mercedez-Benz (1994) 23 Cal.App.4th 174.
Un fabricante de automóviles también puede haber actuado “deliberadamente” cuando el fabricante de automóviles se “demora” en responder a una demanda. Aunque el “demorarse” no está definido por el estatuto, responder dentro de un periodo de 30 días parece satisfacer este requisito. Por ejemplo, en Lukather v. General Motors, LLC (2010) Cal.App.4th 1041, el fabricante de automóviles violó “deliberadamente” la ley de limón cuando el automóvil “fue entregado al concesionario el 12/02/07. . . [y la queja] fue presentada el 12/04/07 ante la corte. Entre esas 2 fechas, el Tribunal [determinó] que [el fabricante de automóviles] no estaba actuando de buena fe al proporcionar una definición clara de los derechos [del consumidor] bajo el estatuto y al tratar de persuadir [al consumidor] de que aceptara un reemplazo en lugar de la recompra que solicitó inicialmente y periódicamente “. Id.
La otra forma de obtener una sanción civil es establecer una violación de la Ley de Garantía del Consumidor de Song Beverly según la Sección 1793.2 o el período de presunción, también conocido como la “Ley Tanner”, y establecer que el fabricante de automóviles no mantiene un programa tercero calificado de resolución que cumple sustancialmente con la Sección 1793.22. Sin embargo, si el fabricante de automóviles cumple dentro de los 30 días posteriores a la demanda (para recomprar o reemplazar el vehículo), el fabricante “no será responsable de una sanción civil”. Sección 1794 (e) (4).
Tenga en cuenta que la sanción civil en virtud de la Ley de Garantía del Consumidor de Song Beverly se basa en los hechos específicos del consumidor y la determina un jurado.
Obtenga más información sobre su caso comunicándose con nosotros.
Nuestro bufete de abogados de ley limón en Mission Viejo brinda consultas gratuitas. Si tomamos su caso, usted no es responsable de pagarnos ninguna tarifa bajo la Ley de Garantía del Consumidor Song Beverly de California.
Conozca más sobre el abogado Luis Aguirre visitando nuestros otros perfiles de marca: Yahoo, Bing, City Search y Facebook.
La información en esta publicación es solo para fines de información general/o educacional y no debe interpretarse como asesoramiento legal o una garantía sobre el resultado de un caso en particular. Esta publicación puede incluir dramatización. Esta publicacion está destinada, enfocada, y dirigida únicamente a los consumidores de California. Esta publicación es considerada publicidad legal de Luis Aguirre Law la cual es tambien responsable por el contenido. Ver, leer o recibir la información en esta publicación no crea una relación abogado-cliente. No somos sus abogados hasta que firme un contrato escrito con Luis Aguirre Law y el contrato le sea regresado firmado por Luis Aguirre Law. Aunque la información en esta publicación es considera estar al corriente, no se debe actuar o confiar en la información en esta publicación sin primero hacer una investigación independiente y / u obtener asesoría legal calificada. El abogado Aguirre es bilingüe y tambien habla Español y le proveerá ayuda en Español si lo requiere. El abogado solo tiene licencia en el estado de California. Aunque el abogado limita su práctica al campo particular de incumplimiento de contrato – ley limón, el abogado no es especialista certificado en este campo particular ni en ningún otro campo de la ley. Pulse el tab de “Nuestras Polizas” para obtener más detalles sobre nuestra Póliza de Privacidad y Terminos de Uso, Descargo de Responsabilidad, y nuestros Honorarios.