Los consumidores en California generalmente están cubiertos por las leyes de fraude y tergiversación cuando un concesionario de California hace tergiversaciones u omisiones de hechos con respecto a un vehículo. Un consumidor en California estaría cubierto por estas leyes, casi siempre, y esto es cierto independiente de que si el vehículo que compró el consumidor estaba cubierto por la garantía del vehículo original del fabricante, o no, o el vehículo se compró en una condición “tal cual” en el momento de compra. Dado que estas tergiversaciones u omisiones de hechos tienen lugar a nivel del concesionario de vehículos, estas tergiversaciones u omisiones son generalmente frecuentes en los vehículos usados.
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Estas tergiversaciones u omisiones por el concesionario de vehículos pueden ser intencionales o negligentes. Un ejemplo de tergiversación intencional sería una en la el concesionario, sabiendo que el vehículo tenía un defecto, induce al consumidor a comprar el vehículo. Esto también se conoce como engaño. Un ejemplo de tergiversación negligente es aquella en la que el concesionario tenía un deber de actuar para el consumidor, por ejemplo, el deber de inspeccionar el vehículo, y no cumplió con ese deber y, por lo tanto, no cumplió con esa expectativa al no inspeccionar el vehículo, o inspeccionó negligentemente el vehículo, incumpliendo así un deber hacia el consumidor.
Los consumidores creen erróneamente que debido a que compraron un vehículo en un concesionario de California en una condición “tal como está,” que no tienen remedios bajo la ley de California. Esto no es verdad. Vender un vehículo en una condición “tal como está” no le da rienda suelta al concesionario para engañar a los consumidores. Cuando un concesionario de vehículos vende un vehículo en California, se aplican las reglas generales de contrato de tergiversación y fraude, independientemente de si el vehículo era usado o estaba cubierto por las garantías originales del fabricante en el momento de la compra.
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Una de las tergiversaciones o engaños intencionales o negligentes más frecuentes que realizan los concesionarios de vehículos de California es cuando el concesionario en el contacto de compra del vehículo representa al consumidor que el vehículo nunca ha estado en una colisión o accidente automovilístico, cuando en realidad el vehículo ha estado en una colisión o un accidente automovilístico. En ese caso, si el consumidor después de comprar el vehículo descubre que el vehículo estuvo en una colisión o accidente antes de que el consumidor comprará el vehículo en el concesionario y el concesionario de vehículos representó de otra manera, el consumidor podría tener un recurso legal.
Si el concesionario de vehículos representó que el vehículo nunca había estado en un accidente automovilístico o colisión de vehículo cuando se compró el vehículo y el concesionario de automóviles representó al consumidor de otra manera, el consumidor debería considerar ponerse en contacto con un abogado competente de la ley limón con conocimientos en fraude de concesionario de vehículos y en tergiversación o engaño de contrato de concesionarios de vehículos.
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