La garantía implícita de comerciabilidad en general, es una garantía que brindan los minoristas de bienes de consumo que hacen negocios en el comercio. La garantía es una “garantía no declarada” de que los productos deben funcionar como productos normales y seguros como el minorista vende en el flujo comercial. Por ejemplo, cuando compra un televisor, el consumidor tiene la expectativa de que el televisor se encienda cuando se conecte a un tomacorriente y que no se rompa en pedazos. Si tuviera que comprar una licuadora en un minorista, esperaría que la licuadora licuara y triturara en pedazos ese delicioso y nutritivo batido hecho con fresas, plátanos y hielo, y que la cuchilla no saldría volando hacia su cara y lo dañara. Cuando se trata de vehículos, esperaría que el concesionario de vehículos le venda un vehículo que se encienda y funcione como debería hacerlo. A veces, la garantía implícita de comerciabilidad puede ser rechazada y los productos pueden venderse “tal cual”, pero no todo el tiempo. Para ayudar a explicar el concepto de garantía implícita de comerciabilidad, es instructivo echar un vistazo a los elementos fácticos esenciales de una causa de acción por incumplimiento de la garantía implícita de comerciabilidad como se muestra en las Instrucciones del Jurado Civil del Consejo Judicial de California. A los efectos de este escrito, llamaremos a la parte agraviada, el consumidor, al demandado, al fabricante o concesionario del automóvil, y al producto, un vehículo.
1) El consumidor debe haber comprado el producto al fabricante o concesionario de automóviles.
2) En el momento de la compra, el fabricante o concesionario de automóviles se dedicaba a vender estos productos.
3) Que el vehículo no era de la misma calidad que los generalmente aceptables en el comercio, o no se ajustaba a la calidad establecida por los tratos anteriores de las partes o por el uso del comercio.
4) Que el consumidor tomó las medidas razonables para notificar al fabricante de automóviles o al concesionario dentro de un tiempo razonable que el producto no tenía la calidad esperada.
5) Que el consumidor resultó perjudicado.
6) Y que el hecho de que el vehículo no tuviera la calidad esperada fue un factor sustancial en causar daño al consumidor.
La Ley de Garantía del Consumidor de Song Beverly o “Ley Limón de California”, prescribe que bajo la garantía implícita de comerciabilidad el vehículo debe cumplir con cada uno de los siguientes (CCP 1791.1):
(1) Aprobarse sin objeciones en el comercio bajo la descripción del contrato.
(2) Son aptos para los fines ordinarios para los que se utilizan dichos productos.
(3) Estén adecuadamente contenidos, empaquetados y etiquetados.
(4) Cumplir con las promesas o afirmaciones de hecho hechas en el envase o etiqueta.
Los tribunales de California han determinado que la prueba principal de comerciabilidad es que “deben servir para los fines ordinarios para los que se utilizan los productos” y, por lo tanto, el producto debe estar “en condiciones seguras” y “sustancialmente libre de defectos”. (Mexia, 174 Cal. App. 4th en 1303 y Music Acceptance Corp. v. Lofing, 32 Cal. App. 4th 610, 619 (1995)).
La garantía implícita de comerciabilidad se ejecuta simultáneamente con una garantía expresa y, por lo tanto, la duración de la garantía implícita de comerciabilidad es la misma que la duración de cualquier garantía expresa que acompañe al vehículo, si es razonable, pero nunca menos de 60 días, o más de un año después de la venta de nuevos bienes de consumo a un comprador. Si no se indica duración para una garantía expresa, un año. CCP 1791.1 (c). Por lo tanto, si el vehículo es vendido a un consumidor por un minorista con cualquier tipo de garantía expresa del fabricante, el vehículo vendría con una garantía implícita de comerciabilidad, a menos que la garantía implícita de comerciabilidad sea rechazada “efectivamente” bajo un descargo de responsabilidad.
En general, la garantía implícita de comerciabilidad de la Ley de Garantía del Consumidor de Song Beverly no se puede renunciar, “No se puede renunciar a una garantía implícita de comerciabilidad y, cuando corresponda, no se renunciará a ninguna garantía implícita de bienes de consumo “tal cual” o “con todos los defectos” a menos que se cumplan estrictamente las disposiciones de este capítulo que afectan las ventas “tal cual” o “con todos los defectos”.”CCP 1793.2.
De acuerdo con CCP 1792.4 (a):
Ninguna venta de bienes, regida por las disposiciones de este capítulo, “tal cual” o “con todos los defectos”, será efectiva para negar la garantía implícita de comerciabilidad o, cuando corresponda, la garantía implícita para el uso para cual los bienes se van a usar, a menos que se adjunte una escritura visible a la mercancía que informe claramente al comprador, antes de la venta, en un lenguaje simple y conciso de cada uno de los siguientes:
(1) Las mercancías se venden “tal cual” o “con todos los defectos”.
(2) El comprador asume el riesgo total en cuanto a la calidad y el rendimiento de la mercancía.
(3) Si los bienes resultan defectuosos después de su compra, el comprador y no el fabricante, distribuidor o minorista asume el costo total de todos los servicios o reparaciones necesarios.
(b) En el caso de venta de bienes de consumo por medio de un catálogo de pedido por correo, el catálogo que ofrece dichos bienes deberá contener la escritura requerida para cada artículo así ofrecido en lugar del requisito de notificación antes de la venta.
La diferencia de haber comprado un vehículo “tal como está” y haber comprado uno con una garantía implícita de comerciabilidad, o una garantía expresa, es dramática en el sentido de que si un consumidor compra un vehículo sin garantía, generalmente el consumidor no tendría motivo de acción contra el minorista o el fabricante.
En resumen, la garantía implícita de comerciabilidad se ejecuta al mismo tiempo que una garantía expresa y puede durar de 60 días a no más de un año y, en general, solo puede ser rechazada por un minorista si el minorista sigue las pautas estrictas prescritas en la Ley de Garantía del Consumidor de Song Beverly en California también llamada Estatuto de la Ley Limón, que se puede encontrar en el Código de Procedimiento Civil de California.
¿Tiene preguntas sobre si el vehículo que compró en un concesionario de California venía con una garantía implícita de comerciabilidad o una garantía expresa? Comuníquese con un abogado competente de la ley limón de California.
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